Aunque en España se hallen algo atrasadas las bellas artes,
lo que es su aplicación a la estafa, en ningún país
se encuentra tan desarrollada y tan potente. Basta repasar las diversas
órdenes del Gobierno de esa tierra tocantes a papel sellado
y sellos de correo; basta leer (el que de ello tenga proporción,
pues son papeles reservados) los diversos oficios remitidos a los
administradores de Rentas estancadas, para convencerse de la lucha
tenaz que tus gobernantes sostienen contra los falsificadores. ¡Cuánto
daría la Sociedad Philatélica de Londres por
esta colección de oficios, en los cuales se explica menudamente
las diferencias notadas entre los sellos legítimos y sus imitaciones.
España es
el mare magnum de los timbrófilos iCuán difícil
es reunir la colección completa! (1).
Los sellos de Madrid, de 1852, se cotizan hoy a 10 francos; los de
Filipinas, de uno y dos reales, de 1854 y 1863, valen 35 y 40 chelines;
los de dichas islas, con la errata de "CORROS" en vez de
"CORREOS", no se hallan por ningún precio, y así
de otros muchos que pudiera fácilmente señalarte, y
que proporcionarían algunas docenas de pesetas al poseedor
que quisiera enajenarlos.
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"...Los
sellos de Madrid, de 1852, se cotizan hoy a 10 francos; los
de Filipinas, de uno y dos reales, de 1854 y 1863, valen 35
y 40 chelines...."
Filipinas .- 2 reales verde de 1854
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¿Y los estupendos HABILITADOS de 1868 y 69? (HABILITADOS
llamamos a aquellos timbres sobre los cuales, por hallarse en ellos
el busto de vuestra ex-reina Isabel II, mandó el Gobierno que
se imprimiese un lema con la frase de Habilitado por la Nación
). Son rarísimos, pues la orden, por lo ridícula sin
duda, apenas la cumplieron los empleados de Rentas, y hoy tienes a
los timbrófilos desolados tras dicha clase de sellos (2).
"...(HABILITADOS
llamamos a aquellos timbres sobre los cuales, por hallarse en
ellos el busto de vuestra ex-reina Isabel II, mandó el
Gobierno que se imprimiese un lema con la frase de Habilitado
por la Nación )..."
Gobierno
Provisional.- 12 cuartos de 1867 con Habilitación de
Andalucía.
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A mi entender bastaba con que el Gobierno los hubiese admitido, para
que ipso-facto estuvieran hábiles para circular .-¿
No tolera el Timbre de los periódicos con la Corona
Real?... ¿No acepta y hasta persigue vuestro ministro Don
Figuerola las monedas de oro y las declara hábiles y
de recibo, aún cuando no estén Habilitadas por la
Nación? Pase que os hubiese ocurrido la idea española
de que el Gobierno Provisional dejase su huella sobre los doblones
de oro, que al fin son monumentos de larga vida; pero.. ¡¡¡sobre
los sellos de correo! ! !... Mariátegui , la verdad: esto no
se le ocurre ni al mismísimo demonio, y menos en la época
presente, cuando se trata de suprimir la efigie del soberano en tal
clase de papeles, a cuyo propósito decía uno de los
últimos números de la Revue Numismatique
de Brusélas... "qu'il paraissait peu convenable de
placer la tête du Souverain sur les timbres-poste, destinés
par leur usage á être outrageusement maculés."
(3)
La cuestión de Habilitados tuvo digno remate en el orden
moral y en el orden físico. -Con respecto al primero fue, como
antes dije, desobedecido el precepto por los delegados del Gobierno,
que se contentaron , el que más, con Habilitar algunas
docenas de sellos. En el orden físico te diré que los
timbres de bronce salieron de diversas formas y tamaños, y
que tanto estas diferencias (notadas y medidas por semínimas
partes en el número 87 del Timbre-Poste) como la diversidad
de tintas usadas en cada provincia y en cada pueblo, están
motivando artículos y polémicas, y dando tormento á
más de un philatelista que desea reunir en su colección
todos los múltiples Habilitados pertenecientes a España
y a sus colonias. (4)
|
"...estas
diferencias
(....) están
motivando artículos y polémicas, y dando tormento
á más de un philatelista que desea reunir en su
colección todos los múltiples Habilitados pertenecientes
a España y a sus colonias.
Filipinas.-
5 cuartos de 1863 con Habilitación invertida
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En cuanto a los precios marcados en vuestro timbres-poste es
necesario estar siempre con las tablas de monedas en la mano. "La
Hacienda española está tan pobre, -me decía
Droap en una de sus cartas-, que no teniendo sus ministros en qué
ocuparse, se entretienen en mudar nombres á la unidad monetaria".
En los recientes sellos de 1870, en esos sellos que han llamado la
atención por lo feos, contáis por cuartos, por
milésimas de escudo y por céntimos de
una moneda que no explicáis.
Los de la Península carecen de año, y llevan la leyenda
de Comunicaciones; los de las Colonias dicen Correos - 1870.
¿Por qué tanta variedad? ¿Es que hacéis
un especial y prolijo estudio en esta ridícula algarabía,
y para elevarla a la cuarta potencia valuáis el papel sellado
por pesetas, por escudos y por cierta misteriosa e indeterminada unidad
monetaria? ¿ En qué quedamos? ¿Cuál es
vuestra moneda? ¿Es el cuarto, el real, la peseta, el escudo
o el peso fuerte? Dímelo, porque me interesa, y explícame,
si puedes, todo este caos, máquina y laberinto de cosas que
yo no entiendo. (5)
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"...Los
de la Península carecen de año, y llevan la leyenda
de Comunicaciones; los de las Colonias dicen Correos - 1870.
¿Por qué tanta variedad?..."
Gobierno
Provisional.- 2 milésimas de 1870
Cuba.-
5 céntimos de 1870
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En cuanto al juicio que la última emisión de sellos
ha merecido a la prensa española y extranjera, citaré
el sentir de tres autorizados periódicos, que han sido eco
de la opinión pública.
La Revista de Correos (Madrid, Enero 1870) dice:
"Sentimos no poderles tributar nuestros elogios. Nos consta
que nuestro país cuenta con artistas superiores que hubieran
podido presentar modelos dignos de ser admirados fuera de España....
Creemos también muy del caso recomendar a la Fábrica
Nacional del Sello el mayor cuidado en la composición de las
tintas y estampación de los pliegos. Tenemos á la vista
sellos en los. cuales el colorido varía notablemente en entonación.
Esto sólo es bastante, sin tener en cuenta la mayor o menor
delicadeza del grabado, para dar lugar a falsificaciones, que en casos
determinados pueden ocasionar irreparables perjuicios."
Le Timbre-Poste (Bruselas, Diciembre 1869) consagra
a los sellos estos pocos, pero faceciosos renglones:
"
L'effigie peut se prendre..... de loin , c'est déjà
quelque chose, -pour la tete de la Liberté, bien qu'elle représente
l'Espagne sous une figure allégorique". (6)
Las palabras más dulces y favorables que dedica al asunto de
que tratamos The Stamp-Collector's Magacine (Bath, Enero
1870) son éstas:
"
The
neck, moreover, is thick and straight, and its abrupt ending is suggestive
of decapitation. As to the fortifications which crown the head, they
are indeed significant of a country where the army is uppermost, and
might is right. If her star should ultimately gain the ascendant over
physical force, so much the better." (7)
Detalle
de la corona de la efigie alegórica de la emisión
de 1870.
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Ocupándose
luego de los sellos de una milésima de escudo y de los
de 12 y 19 cuartos dice que serán, el primero, para
franquear la correspondencia "-which may occur between next-door
neighbours if indeed it franks its own weight through the post-office";
(8) y los segundos para el uso de aquellos españoles
"-who have not yet got over their dislike to the decimal system"
(9)
Por lo copiado
podrá juzgarse del acre y virulento, pero merecidísimo
artículo, que el papel de Inglaterra consagra a los actuales
sellos de correo de España.
Vaya de
postre este confite que, con el epígrafe de ingenioso, copio
de un periódico francés. Colocaron, dice, unos tenderos
de París a la puerta de su establecimiento un capacho lleno
de papel viejo para venderlo al peso. Al tiempo de vaciarlo notaron
el hurto de que habían sido víctimas: un ladrón
cargó con todo el papel que había en el interior del
cesto, reemplazándolo, para que no se notase la falta, con
sellos de correo españoles de la emisión de 1870.
(Se non é vero, é bene trovato.)
©
Dr. Thebussem
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NOTAS: (Las
notas precedidas de un " # " no
son originales del Autor, y suelen ser traducciones de textos en otros
idiomas que el Dr. Thebussem no traduce. Si no van precedidas de ningún
signo, son las originales del Autor)
(1) La mejor y de más mérito
que, en cantidad y calidad, he visto, es la que posee en Londres mi
querido y excelente amigo el caballero español Sr. D. Victoriano
G. de Isasy.
(2)
Véase el acuerdo de Ia Junta Provisional Revolucionaria de Madrid,
de 30 de Septiembre de 1868. Publicóse en la Gaceta, con las
firmas de Laureano Figuerola, Nicolás Maria Rivero, Francisco
Jimenez de Guinea, Mariano Vallejo y José Maria Carrascon. La
costumbre de Habilitar es antigua en España. Citaré como
ejemplos, el papel sellado de 1812, Habilitado por el Consejo de Regencia;
el de 1820 por el rey Fernando VII, después de jurada la Constitución
de dicho año, y el de 1823 por el expresado monarca en la plenitud
de sus derechos soberanos, según dice la leyenda. Verdaderos
Habilitados, aún cuando llevan, en vez de este vocablo, la palabra
"VALGA", etc. ( imperativo o subjuntivo del verbo irregular
VALER), son los Papeles Sellados de los años 1643, 1649,1658,
1724, 1808,1812, 1814,1833, 1834, etc., etc...
(3) #
"Que pareciera poco conveniente colocar la cabeza del Soberano
sobre los sellos de correo, destinadas por efecto de su uso, a ser injuriosamente
manchadas".
(4)
Como rastra y consecuencia de los Habilitados, vaya el siguiente
caso, que a nuestro entender traspasa las regiones del absurdo y entra
en las del... (no encuentro la palabra). El papel sellado del Sello
Noveno y precio de 200 milésimas, correspondiente al año
de 1870, se vende hoy (mes de junio) en cierta capital de provincia
con el lema de Habilitado por la Nación - ¡¡¡
Es decir, que el Gobierno Provisional habilita los timbres y divisas
por él adoptadas!!!.. Y lo más curioso es que, habiendo
querido nosotros comprar un pliego de cada una de las clases de papel,
adornado con esa albarda sobre albarda, hallamos que solamente se habilitaba
el del Sello Noveno. A las repetidas observaciones y preguntas que hice
sobre todo este "imbrogliamento" al Delegado del Gobierno
que vendía el papel, me contestó sin abrir la boca, pues
su respuesta consistió en encogerse de hombros, mímica
muy común en España, y que no he podido saber qué
diablos de cosa significa.--- ¿Podrías tú, amigo
Eduardo, aclararme este punto?
(5)
He aquí copias fieles de algunas leyendas de papel sellado y
de sellos de correo, advirtiendo que todas son de España, Todas
del presente año de 1870, y todas estampadas en la Fabrica Nacional
del Sello de Madrid:
- OFlCIO 6 C.s D. P.ta 1870. (Peseta)
- 400 M.=400 MIL.s. DE Eº - JUDICIAL - AÑO DE 1870 (Escudo)
- 400 M.=SELLO 8º AÑO 1870 - 400 MILESIMA - (Unidad incógnita)
Los sellos de correo
de las colonias llevan su precio en esta forma:
--20 C.s = (Es decir,
veinte céntimos de unidad monetaria que no se expresa).
Hemos averiguado que la unidad incógnita del papel sellado de
España, y la de los sellos de Cuba y Filipinas es el ¡¡Escudo!!
, el mismo escudo de la Península (2,70 franco). La razón
de dividirse en la metrópoli en milésimas, y en Ultramar
en centésimas partes, consiste, según me han asegurado,
en que Cuba produce muy buen tabaco, y España muy sabroso conejos.
Como extranjero que soy, no comprendo la fuerza de este argumento que
será tan claro como fuerte para los Hidalgos de Castilla.
En un articulejo intitulado Pepitoria Española, y reimpreso en
el periódico La Igualdad (Madrid, 8 de Mayo de 1870), he hablado
con alguna más extensión, aunque no con toda la que se
merece, del espantoso caos de las pesas, monedas y medidas españolas.
Busque dicho papel el lector que pueda y quiera.
(6) #
"La efigie podría tomarse... de lejos, y esto es ya algo,
por la cabeza de la Libertad, aunque lo que representa es a España
bajo una figura alegórica."
(7) #
"El cuello, además, es grueso y recto, y su final abrupto
sugiere una decapitación. En cuanto a la fortificación
que corona la cabeza, ésta es en verdad significativa de un país
donde el ejército está en lo más alto, y su fuerza
es el derecho. Si la estrella de arriba presidiese realmente el pensamiento
sobre la fuerza física, tanto mejor."
(8) #
"Serviría para pagar el franqueo de una carta entre vecinos
de puerta siempre y cuando el peso del propio sello no implicase un
incremento de la tarifa de franqueo". (Traducción libre)
(9) #
"Que todavía no han superado su rechazo al sistema decimal."
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